OBTENGA ASESORÍA ESPECIALIZADA PARA SU ESTABLECIMIENTO Según el decreto 372 del 2018.
No deje que sus clientes se vayan a las 3:00 AM
Seguros SERENUS
Le ayuda a obtener su póliza de responsabilidad civil extracontractual, así la extensión horaria será de dos horas más.
La extensión horaria será de 2 horas para los establecimientos certificados.
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La extensión horaria será de 2 horas para los establecimientos certificados.
¿Qué es el Seguro de RCE para Bares Discotecas y Centros Nocturnos?
El decreto 372 de 2018 de la Alcaldía mayor de Bogotá, permite que Bares, Discotecas y Centros nocturnos operen por 2 horas más de la norma establecida, es decir, hasta las 5 de la mañana. Para que éstos establecimientos puedan acogerse a éste decreto deben cumplir con requisitos muy específicos y contar obligatoriamente con una Póliza de Responsabilidad Extracontractual para garantizar la seguridad de los asistentes, el personal y el público en general.
¿De que se compone?
Ésta póliza indemnizará los perjuicios patrimoniales y extrapatrimoniales que cause el Asegurado con motivo de la Responsabilidad Civil Extracontractual que legalmente le sea imputada al asegurado, originada en un hecho accidental, súbito e imprevisto que haya causado daños a terceros en sus bienes o personas, y sean consecuencia directa del desarrollo de la “ACTIVIDAD” asegurada.
Perjuicios indemnizables al 100% del límite asegurado
Responsabilidad Civil Extracontractual por:
- Predios (Lugar donde se desarrolla la actividad)
- Labores (Tipo de actividades a desarrollar)
- Operaciones (Uso de equipos y maquinaria)
- Incendio y explosión
- Animales propios del Asegurado
- Transporte y almacenamiento de mercancías
- Actividades dentro y fuera de predios
- Actividades de empleados en el exterior
- Uso de restaurantes y cafeterías
- Uso de avisos y vallas, propaganda, publicidad y mensajes (no contenido)
- Operaciones de cargue y descargue
- Uso de grúas, montacargas, escaleras, ascensores y otros equipos
- Posesión y/o uso de depósitos, tanques, tuberías
- Daños a terceros con bienes bajo su cuidado, tenencia y control.
- Personal de celaduría, vigilancia y seguridad
- Participación del asegurado en ferias y exposiciones nacionales
- Hechos de empleados
La póliza tiene cubrimientos adicionales como:
- Productos, unión, mezcla o transformación
- RC Cruzada
- Polución y contaminación accidental, súbita e imprevista
- Vehículos propios y no propios
- Contratistas y subcontratistas.
- Reparaciones o construcciones menores
- Patronal
- Daños a bienes bajo cuidado, tenencia y control.
- Parqueaderos (Daños y Hurto)
- Responsabilidad Civil Extracontractual por predios tomados en arriendo o arrendados (daño a y daño con)
- Gastos médicos
- Participación del asegurado en ferias en el exterior
- Hundimiento de terreno
- Conducciones aéreas o subterráneas
- Propiedades adyacentes
- Trabajos en altura